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Píldoras anticonceptivas de emergencia: ¿Método anticonceptivo o método abortivo?

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El presente informe se realizó el año pasado en base a una larga investigación que estuvo guiada por una serie de entrevistas con las personas que estaban estrechamente ligadas con el tema. La anticoncepción de emergencia fue un tema candente en la cotidianeidad de la sociedad rosarina durante unos cuantos meses, y ahora se está esperando que se resuelva por el sí o por el no a este método, mientras tanto está permitido. El mes pasado, en una comunicación telefónica, con el abogado Mayoraz supimos que el juicio está todavía en una etapa de prueba, se están traduciendo algunos trabajos que presentó la parte querellante.

Las píldoras anticonceptivas de emergencia (de ahora en más usaremos sus siglas: PAE) es un método hormonal que se utiliza para evitar el embarazo después de haber tenido relaciones sexuales sin protección; y como su nombre nos lo está indicando debe ser utilizado solamente en casos de emergencia, casos especiales tales como falla del método utilizado o ausencia del mismo o en caso de violación. Las pastillas deben ser ingeridas dentro de las primeras 72 horas luego del coito y la eficacia consiste en reducir el riesgo de embarazo en un 75%. En promedio, el riesgo de embarazo después de un coito sin protección en la segunda o tercera semana del ciclo menstrual es de un 8% y usando este método las probabilidades descienden a un 2%. Una vez que se ha realizado la ingesta de la dosis de la anticoncepción de emergencia (ACE) la menstruación se iniciará unos días antes o después de la fecha habitual. Si se presenta liviana o no comienza dentro de las dos semanas posteriores hay probabilidades de embarazo y si se presenta de manera excesivamente dolorosa puede ser que se haya producido un embarazo ectópico, esto es fuera del útero. En las últimas situaciones debe consultarse a un médico.

En la ordenanza sancionada por la Municipalidad de Rosario, Nº 7282, se declara que “las PAE es un método hormonal aprobado por la OMS en salud sexual y reproductiva para evitar el embarazo después de haber tenido relaciones sexuales sin protección... Todos los métodos anticonceptivos actuales fallan alguna vez. Siendo las PAE un respaldo importante cuando esto ocurre... Su uso no se ha difundido lo suficiente, como método para disminuir el número de embarazos no deseados en general, de igual manera que particularmente en el Programa de Procreación Responsable de la Municipalidad de Rosario... Este no es un método abortivo, este tipo de método evita el embarazo... Cuando una mujer ya está embarazada las píldoras de anticoncepción de emergencia no dañan ni al feto ni a la madre”(1). Este dictamen municipal fue sancionado el 6 de diciembre de 2001.

La Municipalidad de Rosario implementa, a través de la Secretaría de Salud Pública, el Plan de Salud Integral de la Mujer. Lo hace desde los centros de salud pública, hospitales de mediana y alta complejidad y Centro de Especialidades Médicas Ambulatorias (CEMA), promoviendo un modelo de atención basado en una concepción de salud que contribuye al desarrollo de todas las potencialidades de las mujeres. El programa estaba reglamentado de esta forma desde 1996, en el 2000 se amplió la visión y se incluyó todo lo relacionado al parto y al puerperio, y a partir del 2001 se introdujo la anticoncepción de emergencia.

Al incorporarse este método comenzaron los problemas. Nicolás Mayoraz presentó, ni bien se enteró por los medios que las PAE se habían incorporado al programa municipal, una demanda. Él no se opone al programa, ni mucho menos. Está en contra de este nuevo método que se agrega porque bien decía antes la anterior ordenanza que no podían utilizarse métodos abortivos y especificaba que los métodos a usarse debían ser todos reversibles. Mayoraz considera que las PAE son un método potencialmente abortivo, no anticonceptivo y por tal razón no debería esta promocionado y legalizado. Además, piensa que este sería un primer paso hasta llegar a la legalización del aborto sin ninguna barrera y escatimación.

El abogado contó que, lejos de ser por una causa fundamentalista o religiosa como fue acusado en repetidas oportunidades, alega haber interpuesto tal petitorio por razones personales; una de ellas la defensa del derecho a la vida. Él está en la Cátedra de Derecho Constitucional de la facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) y el derecho a la vida forma parte de una de las bolillas del programa de Constitucional. Hace muchos años ya que viene investigando cuando comienza la vida y cuando no y todos estos temas son de su interés.

Como se encontraba en una situación paradigmática, ya que el no nacido no tiene quien lo defienda, presentó el pedido utilizando un procedimiento que se llama Ley 10000, que es la ley de protección de derechos difusos y que, además, tiene prevista la posibilidad de suspender ordenanzas o las normas cuestionadas. La constitución Nacional también lo amparaba, ya que el aborto es anticonstitucional y lo que se estaba y se está discutiendo es si las PAE son abortivas o no.

En un primer momento el juez Ariza falla diciendo que la difusión del método debe ser suspendida hasta que se resuelva el caso. Inmediatamente la municipalidad despliega una guerra mediática ejerciendo tal presión sobre la justicia y diciendo que esto provocaría un daño irreparable, por lo cual la medida cautelar queda sin efecto. Nunca se explica cual es el daño irreparable que podía causarle a la sociedad. Mayoraz plantea que si hasta el año pasado se pudo vivir sin las PAE cuál es el problema de seguir un tiempo más sin ellas hasta que se aclare legalmente si son o no abortivas. Pero este planteo no tuvo lugar y actualmente el juicio está en trámite, en la etapa de pruebas ya que el abogado acompañó la demanda con documentación de unos estudios hechos en Estado Unidos y actualmente los están traduciendo.

Es evidente que hay algo que no cierra. ¿Cómo puede ser que en el CEMA y en la Casa de la Mujer nos digan que no hay aborto y que si ya se produjo la fecundación nada le pasa al feto ni a la madre y que Nicolás Mayoraz nos diga que es un método potencialmente abortivo?

Si tenemos en cuenta lo que dice en algunos de los prospectos de las pastillas anticonceptivas, ¿podremos ir acercándonos a la verdad? En el folleto que acompaña las pastillas de nombre comercial Femexin vemos que las indicaciones son para la regulación de la fertilidad y para alterar los ciclos menstruales, hasta ahí todo normal. Pero, si leemos el mecanismo de acción nos encontramos con que “a pesar de que el principal mecanismo es la inhibición de la ovulación, existen acciones farmacológicas que incluyen cambios en el moco cervical y en el endometrio” (2). Entonces lo que plantea Mayoraz no es tan insensato. Los prospectos de Harmonet, Minulet y otras marcas dicen exactamente lo mismo.

Así pues, parece ser que los mismos laboratorios están aceptando que existen las probabilidades de que se produzca el aborto. Si el óvulo fue fecundado, cuando llegue al útero, si las paredes del endometrio se han modificado, el huevo cigota no tendrá de donde prenderse. “La ciencia médica define el inicio de un embarazo como la implantación de un huevo fecundado en la capa mucosa que recubre el útero” (3), por lo tanto de esta manera el feto es despedido como un aborto espontáneo o una menstruación común de la mujer. Liliana Pauluzzi dice que primero existía la posibilidad de que la ACE causara problemas para la anidación del huevo, pero que después se comprobó que no, pero no tiene argumentos para nombrarnos de cómo se comprobó que no es así. La realidad nos demuestra otra cosa, por el contrario es lo opuesto lo que está comprobado científicamente.

Si en el momento de la supuesta situación de emergencia no hubo ovulación no pasa absolutamente nada, pero si un óvulo fue fecundado existe alto porcentaje de probabilidades de que se produzca un aborto de este tipo. Entonces estamos verdaderamente ante un posible aborto encubierto, ya que nunca nos enteraremos si hubo aborto o no al utilizar el Imediat-N o el método yuzpe.

Llegamos al final del camino y cada uno puede sacar sus propias conclusiones. Científicamente las PAE son abortivas. Veremos que dice la ley cuando dicte sentencia el año que viene. Mayoraz calcula que a mediados de 2005 habrá respuesta, mientras tanto muchas vidas se pueden estar matando. Es muy probable que este caso llegue a la Corte Suprema de la Nación. “Este es un caso que a mí se me ocurre que ni la municipalidad ni yo nos vamos a quedar con la decisión de un juez de primera instancia ni con un juez de cámara, esto va a terminar en la corte provincial y si es necesario en la corte nacional” (4).

1 Ordenanza Nº 7282 de la Municipalidad de Rosario.
2 Indicaciones y mecanismos de acción del prospecto de Femexin.
3 Recurso Contencioso Administrativo Sumario interpuesto por Nicolás Mayoraz, página 18 y Ordenanza Municipal Nº 7282.
4 Afirmación de Nicolás Mayoraz.

La foto fue tomada de: www.osep.mendoza.gov.ar

Comentarios

Para todos los que quieran informarse sobre anticoncepción, sexualidad, etc., encontré un sitio buenísimo donde podés hacer preguntas y te dan respuestas claran y serias.
www.celsam.org.ar
prueben, y despues me cuentan.
Todos creemos que tenemos todo claro, pero no es tan así.

Muy en lo personal, y de acuerdo a las explicaciones que a raíz de la aparición de esta píldora se han comentado, se entiende que no es abortiva, porque no ha habido fecundación ni implantación. Entonces no puede ser abortiva. Desde luego, que si todos manejáramos nuestra sexualidad con la responsabilidad necesaria, no se tendrían que utilizar estos métodos. Pero con toda la libertad actual que realmente debería llamarse "LIBERTINAJE}" cada vez más mujeres la usarán, ya que en la actualidad el llegar al matrimonio virgen ya casi no existe. Ahora primero conviven libremente vivan o no juntos con la idea de HABER SI RESULTA, sin pensar la gran responsabilidad que esto conlleva.

La nota me pareción de lo mas tendenciosa. ¿Y que se puede esperar de los jerarcas de la UAI, miembros del Opus Dei?

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